Fomento aporta 13 millones extra porque los fondos del Gobierno central son insuficientes para cubrir la demanda regional prevista La Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio ha puesto en marcha el Programa Extraordinario de Ayudas para el Alquiler de Vivienda, ideado para contribuir a minimizar el impacto económico y social del coronavirus en los hogares de las familias más vulnerables.
El programa cuenta con una cuantía total de 30 millones de euros, después de que la Administración autonómica haya aportado 13 millones adicionales a la dotación aportada por el Gobierno central, que resultaba insuficiente para responder a la demanda real y
las necesidades de la población andaluza.
Estas ayudas fueron aprobadas en la Orden Ministerial 336/2020 de 9 de abril por la que se incorpora, sustituye y modifican programas de ayuda del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 en cumplimiento del Real Decreto 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al Covid-19. El desarrollo y gestión de estas ayudas es competencia de las comunidades autónomas.
En el reparto de fondos de la Administración del Estado, Andalucía ha recibido 17,1 millones de euros, que sólo permitían cubrir las ayudas al alquiler para unas 4.700 familias. Ante esta situación, la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio ha decidido aportar un complemento hasta alcanzar los 30 millones. Con la asignación presupuestaria andaluza se podrá atender a unas 8.500 familias, cifra que dependerá del precio de los alquileres y que se acerca más a la necesidad real que hay en la comunidad autónoma.
Fomento está trabajando en la redacción de las bases reguladoras desde el día que el Gobierno central publicó la medida. La convocatoria será totalmente telemática, en concurrencia no competitiva y se podrá abonar hasta el cien por cien de la renta del alquiler, por un máximo de 900 euros. Esta ayuda se podrá solicitar con carácter retroactivo desde el 1 de abril y durante un periodo de seis meses, hasta el 30 de septiembre, según consta en la orden ministerial.
Los solicitantes deben cumplir una serie de requisitos, como encontrarse en el paro, afectados por un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) o ser autónomos con una disminución de los ingresos del 40 por ciento. Además, deben estar empadronados en la vivienda de alquiler desde hace al menos seis meses y no disponer de ninguna residencia en propiedad. Con carácter general, sus ingresos deben ser menores en tres veces al IPREM (1.613 euros al mes) en el mes anterior a la solicitud y el pago de la renta del alquiler, más los suministros básicos (luz, agua, electricidad, gas, comunidad), tiene que ser superior al 35 por ciento de los ingresos de la unidad familiar.
Para agilizar trámites, los requisitos se podrán acreditar mediante declaración responsable, aunque en el plazo de un mes deberá aportarse la documentación acreditativa. Las solicitudes, que se estima que se podrán empezar a presentar a principios de junio, se resolverán conforme vayan llegando y hasta donde alcance el crédito disponible, siendo necesario tener dada de alta una cuenta bancaria para el ingreso de la ayuda. En la página web de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio se irá informando puntualmente de todos los pasos que se den al respecto.