El Consejo de Ministros autoriza la adquisición de más de 31 millones de dosis de vacunas contra la covid-19

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El pasado 27 de agosto la Comisión Europea firmó con AstraZeneca, en nombre de los países participantes, un acuerdo con obligación de compra que supone la adquisición para Europa de 300 millones de dosis. España ha abogado siempre por la cooperación en este campo bajo las premisas de contribuir a que la llegada de la vacuna fuera oportuna, es decir, cuando se necesite; equitativa,  entendiendo que las necesidades pueden ser diferentes en diferentes países y asequible
El Consejo de Ministros ha autorizado la adquisición de 31.555.469 dosis de vacunas desarrolladas por AstraZeneca contra la COVID-19. De esta manera, el Ministerio de Sanidad concretará para España los términos del acuerdo formal de compra, suscrito el pasado 27 agosto, entre la Comisión Europea, en representación de los Estados miembros,
y esta empresa.
Dicho acuerdo establecía la adquisición para Europa de 300 millones de dosis por un coste total de 870 millones de euros, con un pago adelantado por la Comisión Europea de 336 millones de euros. El precio total de cada dosis sería, por tanto, de 2,90 euros, de los que 1,12 serán pagados por la Comisión y 1,78 por los países, importe este último que puede incrementarse un 20% dependiente de que pueda haber costes adicionales justificados.
Cabe destacar que esta vacuna requiere dos dosis por inmunización, por lo que el número de inmunizaciones es la mitad de las dosis y el coste total por inmunización es de 5,80 euros, de los que 3,56 euros le corresponderán a cada estado miembro.
El precio tope estimado para España es de 76 millones de euros que se abonarán en el momento de la entrega de las dosis correspondientes.
Oportuna, equitativa y asequible
La firma de los Acuerdos Avanzados de Compra tiene como objetivo que la Unión Europea adopte las medidas necesarias para garantizar una vacuna segura y eficaz a los Estados miembros y que la negociación con las empresas farmacéuticas se haga en las mejores condiciones posibles. Para el cálculo de las dosis asignadas a cada uno de los Estados miembros se han tenido en cuenta criterios de población.
España ha abogado siempre por la cooperación en este campo bajo las premisas de contribuir a que la llegada de la vacuna fuera oportuna, es decir, cuando se necesite; equitativa, entendiendo que las necesidades pueden ser diferentes en diferentes países y asequible