La Junta aumenta el número de las delegaciones provinciales «a coste cero»

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2008-03-11, Sevilla. Edificio de Torre Triana. Junta / Raul Diaz

El Consejo de Gobierno ha aprobado un decreto que regula la nueva organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía para dotarla de mayor agilidad y eficacia en su funcionamiento, a coste cero, y para aglutinar en un texto toda la normativa dispersa al respecto.

La norma se basa en los principios de eficacia, desconcentración funcional y territorial, coordinación y proximidad a la ciudadanía, y tiene por objeto determinar la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía en los términos fijados por el Capítulo III, del Título II de la Ley 9/2007, ordenando la figura de las personas titulares de los órganos directivos periféricos en que se organice y las unidades administrativas que se les adscriban, así como sus funciones y competencias.

De este modo, la Administración de la Junta de Andalucía podrá estructurarse en delegaciones del Gobierno y delegaciones provinciales de cada una de las distintas consejerías, o bien en delegaciones del Gobierno y delegaciones Territoriales, que podrán tener asignados los servicios correspondientes a determinadas materias de una Consejería, el conjunto de los servicios de una Consejería o agrupar los servicios periféricos de varias.

En virtud del decreto, la actual Delegación territorial de Educación, Deporte, Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, separa los servicios periféricos correspondientes a Educación y Deporte e Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación. Igualmente, la Delegación territorial de Fomento, Infraestructuras, Ordenación del Territorio, Cultura y Patrimonio Histórico, se divide en dos: una para Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, y otra para Cultura y Patrimonio Histórico.

Por su parte, la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local mantiene una Delegación territorial de Turismo y otra de Regeneración, Justicia y Administración, igual que la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, que divide sus competencias en las delegaciones territoriales de Agricultura, Ganadería y Pesca y de Desarrollo Sostenible.

Mientras, continúan en una misma delegación territorial los servicios de Empleo, Formación, Trabajo Autónomo, Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades, y los de Salud y Familias.

Igualmente, a las delegaciones del Gobierno de la Junta se les adscribirán los servicios periféricos de las consejerías de Presidencia, Administración Pública e Interior y de Hacienda y Financiación Europea.

Esta norma no establece ninguna carga administrativa añadida derivada de su aplicación para la ciudadanía y contribuye a racionalizar con su aplicación la gestión de los recursos públicos.

Las personas titulares de las delegaciones territoriales tendrán rango de delegado provincial, tanto las de nueva creación como los hasta ahora coordinadores provinciales. La modificación será a coste cero, ya que quienes ocupen las plazas de nueva creación serán funcionarios.

Así las cosas, la relación de delegaciones territoriales:

– Delegación del Gobierno.
– Delegación Territorial de Turismo.
Delegación Territorial de Regeneración, Justicia y Administración Local.
– Delegación Territorial de Empleo, Formación, Trabajo Autónomo, Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades.
– Delegación Territorial de Educación y Deporte.
– Delegación Territorial de Agricultura, Ganadería y Pesca.
Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible
– Delegación Territorial de Salud y Familias.
Delegación Territorial de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación.
Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio.
– Delegación Territorial de Cultura y Patrimonio Histórico.