La subdelegada señala que la subida del Salario Mínimo Interprofesional garantizará una renta económica digna

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SALARIO MÍNIMO

La subdelegada del Gobierno de España en Jaén, Catalina Madueño, ha valorado de forma “muy positiva” el incremento del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) hasta los 1.080 euros mensuales, aprobado ayer por el Consejo de Ministros, y que alcanzará a cerca de treinta mil jiennenses. “Se trata de proteger a nuestros trabajadores y trabajadores y de que tengan garantizada una renta económica digna. El Gobierno de España trabaja en el horizonte de garantizar la capacidad adquisitiva de los salarios para hacer frente al coste de la vida, en especial frente a la situación de los precios, atendiendo a la coyuntura económica general”, ha asegurado la subdelegada.

El Real Decreto, que se ha publicado en el día de hoy en el Boletín Oficial del Estado, por el que se eleva la cuantía del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) hasta los 1.080 euros brutos mensuales en 14 pagas, hasta los 15.120 euros brutos anuales, es fruto del acuerdo alcanzado con las organizaciones sindicales CCOO y UGT. De este modo, con esta nueva cuantía, que además tiene carácter retroactivo al 1 de enero de 2023,  el Salario Mínimo aumenta un 8% y supone un incremento del 47% en los últimos cinco años.

En esta misma línea, Catalina Madueño ha explicado que “trabajadores a jornada completa y parcial, pensionistas por debajo del SMI vigente, del subsidio por desempleo, de la renta agraria, del subsidio agrario y del IMV, todos y todas experimentarán una subida en sus ingresos mensuales, ya que las bases mínimas de cotización aumentan dependiendo del SMI, así como las bases reguladoras de las prestaciones de la Seguridad Social”, ha explicado.

Así, la representante del Gobierno en la provincia ha detallado que “con el Ejecutivo de Pedro Sánchez el Salario Mínimo Interprofesional ha pasado de 735 euros a 1.080 euros, una subida del 47%.  El SMI beneficia a las personas trabajadoras con menores ingresos y por eso ha tenido efectos muy positivos para combatir la desigualdad salarial y la pobreza laboral”. “Estamos ante una herramienta para combatir la pobreza laboral, la desigualdad y avanzar en la igualdad entre hombres y mujeres, ya que las sucesivas subidas del SMI han permitido estrechar la brecha salarial de género que se ha reducido en casi 4 puntos entre 2019 a 2021”, ha añadido Catalina Madueño.

También, la subdelegada ha recordado que  se aprobaron normas como la Ley Rider o la extensión de derechos en el trabajo del hogar, que se enmarcan en la aprobación de la reforma laboral, “con el fin de luchar contra la precariedad laboral y mejorar de la calidad del empleo”, ha afirmado.

Cuantías

El Real Decreto que acaba de aprobarse también fija el salario mínimo de las personas trabajadoras eventuales y de las temporeras y temporeros, cuyos servicios a una misma empresa no excedan de ciento veinte días, para los que en ningún caso la cuantía del salario podrá ser inferior a 51,15 euros por jornada.

En el caso de la relación laboral de carácter especial del servicio del hogar familiar, se fija el salario mínimo de las empleadas y empleados del hogar que trabajen por horas, en 8,45 euros, por hora efectivamente trabajada.

Mandato constitucional

El Real Decreto da cumplimiento al artículo 35 de la Constitución Española que garantiza el derecho de las trabajadoras y los trabajadores a una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de sus familias.

El citado incremento tiene por objeto seguir haciendo efectivo el derecho a una remuneración equitativa y suficiente en línea con lo establecido por el Comité Europeo de Derechos Sociales que ha interpretado que dicho umbral se sitúa en el 60 por ciento del salario medio para hacer frente al coste de la vida, en especial frente a la situación de los precios, y atendiendo a la coyuntura económica general.

Asimismo, el incremento del salario mínimo interprofesional contribuye a promover un crecimiento y una recuperación de la actividad económica sostenida, sostenible e inclusiva, al cumplimiento de la Agenda 2030, en particular de las Metas 1.2, 8.3 y 10.4 de los Objetivos de Desarrollo Sostenible relativas a la erradicación de la pobreza, la promoción de políticas orientadas a la creación de puestos de trabajo decentes y a la adopción de políticas salariales que logren de manera progresiva una mayor igualdad, en especial entre mujeres y hombres, y a una mayor cohesión social.